JurídicoESEN
Order (Auto)October 13, 2022

A- de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar

✓Claimant Entidad Promotora De Salud De Servicio Occidental De Salud Sa Sos·Respondent La Nacion Ministerio De Salud Y Proteccion Social Consorcio Fidufosyga 2015

✓
Topic · hard data
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Corte Constitucional Carece De Competencia Para Dirimir Conflicto.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Bogotá y la Superintendencia Nacional de Salud.

Dicho conflicto se originó por la EPS Servicio Occidental de Salud S.A., la cual instauró demanda de reparación directa en contra del Ministerio de Salud y Protección Social y el Consorcio Fidufosyga 2005, con el fin de que se declarara responsable a los demandados del daño antijurídico causado a la demandante, con ocasión de la negativa injustificada del Consorcio Fidufosyga 2005 a pagar 431 facturas correspondientes al costo económico de medicamentos, servicios y tratamientos que no se encontraban incluidos en el Plan Obligatorio de Salud, suministrados a afiliados del régimen contributivo.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determina que, el presupuesto subjetivo no se cumple porque las dos entidades el promovieron el conflicto de jurisdicciones hacen parte de la jurisdicción ordinaria.

Puesto que, la Superintendencia Nacional de Salud cuando ejerce funciones jurisdiccionales desplaza, a prevención, a los jueces laborales o civiles de circuito, cuya segunda instancia son los Tribunales Superiores de Distrito Judicial.

Entonces, como la Corte constitucional solo tiene competencia para dirimir conflictos entre jurisdicciones diferentes, decide declararse inhibida para conocer el conflicto y ordena remitir el expediente a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión al demandante y a los demás interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia debido a la falta de competencia, de conformidad con los argumentos esbozados en la parte motiva de esta providencia.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1004 a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión al demandante y a los demás interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.